Carlos Rodríguez Mayo
No me encuentro entre los partidarios de la ley antitabaco, porque creo que ha ido mucho más allá de lo que demandaba al respecto la mayor parte de la población. Sin embargo, mi posición no justifica una actitud de incumplimiento militante. Yo creo que la ley hay que cumplirla, te guste o no te guste. Viene esto a cuento porque me han dicho que en los baños se fuma. El efecto era esperable, pero aún más en un centro como el nuestro en el que no se permite salir a los alumnos del recinto en el recreo y en donde el problema ya es antiguo. Como demostración de ello, el año pasado, Cristina Moscoso manifestaba aquí su preocupación por el asunto y este año son ya varios los alumnos de este blog que han abordado el tema. Yo mismo me planteaba en un artículo anterior algunas de las cuestiones que ahora se debaten y casi en los mismo términos: ¿Qué autoridad es la que debe entrar en los baños para impedir que se incumpla la ley?, me preguntaba, ¿qué se ha de hacer ante la lógica ocultación del cuerpo del delito?, la colilla, me pregunto ahora, ¿No basta con la convicción del denunciante (profesor o alumno) y una serie de pruebas circunstanciales, como el abundante humo o el olor a tabaco en el ambiente, para comenzar el procedimiento sancionador? ¿Cuál es la sanción interna que se debe imponer a los fumadores? ¿Quién debe trasladar las denuncias para que sean impuestas las multas correspondientes, según establece la ley? ¿Cuál es el organismo que tramita los diversos expedientes?
La mayor parte de las preguntas sigue sin tener contestación definitiva. En las altas instancias de la Consejería de Sanidad no sabemos de ningún organismo que se encargue de gestionar el sistema de multas que sugiere la ley y que calculo que debería alcanzar durante un tiempo una dimensión semejante al servicio de multas de tráfico. Sin este organismo, las multas resultan papel mojado y en consecuencia, en principio, nadie en su sano juicio se plantea emprender un camino que todavía no existe para sancionar al fumador.
Sin embargo, por otro lado, la autoridad en democracia debe hacer cumplir la ley, por eso se establece que es falta muy grave el consentir su transgresión, y por eso no es de recibo una dirección que no actúe. Los cargos directivos tienen la responsabilidad de identificar a los que fuman y de denunciarlos ante el organismo externo que determine si el denunciado debe o no pagar una multa. Además, deberían impulsar la realización de un proceso sancionador interno contra cada uno de los presuntos fumadores. A mi modo de ver, la ley deja a la autoridad próxima en mal lugar si, como parece, no va a haber colaboración en instancias superiores, pero eso no es justificación suficiente para no afrontar sus obligaciones. La dirección, si no quiere intervenir, debería dimitir para dejar que otros cumplan la ley. Y es que si la autoridad no actúa contribuirá a que sigamos siendo lo que somos: el país que hace leyes de papel, que no se cumplen. Interesante fórmula de hacer democracia.
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